Sin cheques, sin excepciones. La Comisión Nacional de Valores (CNV) dio un paso concreto para ordenar el mercado de capitales: aprobó la Resolución General N° 1166, que establece que la transferencia bancaria será el único medio habilitado para la recepción y entrega de fondos entre los agentes registrados y sus clientes.
La medida no es un detalle administrativo menor. Eliminar el cheque como instrumento de pago en este ámbito apunta directamente a dos problemas que venían generando ruido: los rechazos operativos por falta de fondos o errores formales, y los riesgos de trazabilidad que abre un instrumento que puede circular de mano en mano sin dejar rastro digital inmediato.
La RG N° 1166 no llega sola. Se inscribe en una cadena de normas que la CNV viene construyendo con cierta consistencia. La RG N° 1139 había introducido adecuaciones en los estándares de prevención del lavado de activos para los agentes del mercado, sin tocar la normativa impositiva vigente. Luego, la RG N° 1141 sumó precisiones operativas para garantizar la trazabilidad de las operaciones y preservar la integridad del sistema. La nueva resolución cierra ese ciclo con una definición clara: transferencia o nada.
La lógica es simple y difícil de rebatir. En un mercado donde los tiempos importan y la disponibilidad inmediata de fondos puede ser la diferencia entre una operación exitosa y una pérdida, la transferencia ofrece lo que el cheque no puede garantizar: acreditación instantánea, registro digital y trazabilidad completa. Además, fortalece los mecanismos de control frente a posibles conductas irregulares.
La medida rige para todos los agentes registrados en la CNV y aplica en los términos y condiciones definidos por la propia resolución. Quienes operen en el mercado de capitales deberán ajustar sus procedimientos internos de acuerdo con el nuevo esquema antes de que la norma entre en plena vigencia.


