La actualización tributaria del Gobierno debía comenzar este lunes, pero el Ejecutivo la trasladó al 1° de octubre. Alcanza a naftas y gasoil
El Gobierno nacional volvió a postergar la aplicación de los aumentos pendientes en los impuestos sobre los combustibles. La medida quedó establecida mediante el Decreto 829/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial.
La actualización impositiva estaba prevista para comenzar a regir desde el 1° de septiembre, pero el Ejecutivo decidió diferirla nuevamente y fijó como nueva fecha de aplicación el 1° de octubre de 2026.
La medida alcanza a los impuestos sobre los combustibles líquidos y al dióxido de carbono correspondientes a la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil.
Qué impuestos se actualizarán
El decreto modifica el esquema establecido por el Decreto 617/2025 y sus posteriores modificaciones, mediante el cual el Gobierno había ido postergando los efectos de las actualizaciones impositivas.
Ahora, el Ejecutivo estableció que el incremento total pendiente comenzará a tener efecto sobre los hechos imponibles a partir del 1° de octubre.
Ese monto acumulado contempla las actualizaciones correspondientes a los años 2024 y 2025, además de las previstas para el primer y segundo trimestre de 2026.
De esta manera, desde este lunes 1° de septiembre no comenzará a aplicarse el tramo de la actualización tributaria que estaba previsto originalmente.
Por qué el Gobierno decidió postergar el aumento
Según los fundamentos del decreto, la decisión busca “continuar estimulando el crecimiento de la economía a través de un sendero fiscal sostenible”.
La medida se suma a las sucesivas postergaciones que el Ejecutivo dispuso sobre la actualización de estos impuestos, en un esquema que viene modificándose desde 2025.
La medida no fija un aumento para las naftas
El decreto no establece un porcentaje de aumento para las naftas o el gasoil a partir de octubre. Lo que dispone es la postergación de la aplicación de los incrementos correspondientes a los impuestos sobre los combustibles.
Por ese motivo, el impacto que la actualización tributaria pueda tener sobre el precio final en los surtidores dependerá de la decisión de las empresas y de cuánto de ese componente impositivo sea trasladado al valor de los combustibles.
La norma establece que sus disposiciones entran en vigencia desde este 1° de septiembre, aunque los incrementos tributarios mencionados comenzarán a regir, según lo dispuesto por el Ejecutivo, a partir del 1° de octubre de 2026.
Fuente: Diario Uno de Entre Ríos


