domingo, agosto 23, 2026
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Apps y trabajo: la reforma laboral dejó una pregunta sin responder

Un juez lo dijo sin rodeos: “Veo un caso y digo ‘es dependiente’, veo otro y digo ‘no lo es'”. La frase de Alejandro Perugini, magistrado de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, resume mejor que cualquier manual el estado actual del debate sobre los trabajadores de plataformas digitales en Argentina. La Ley de Modernización Laboral 27.802, la reforma laboral de 2026, avanzó sobre muchas cosas. Pero sobre esto, dejó más preguntas que respuestas.

La discusión volvió a tomar temperatura durante la presentación de la Guía Práctica Profesional Reforma Laboral 2026, dirigida por el jurista Julio Armando Grisolía, donde jueces y especialistas analizaron los alcances de la nueva legislación. El punto central: si un repartidor que trabaja con una app, o un conductor que opera a través de una plataforma, tiene o no una relación de dependencia con la empresa. La respuesta no es menor. De ella dependen derechos, aportes, responsabilidades y protección laboral concreta.

Perugini fue contundente al señalar la dificultad que enfrenta la Justicia para construir un criterio uniforme. Y fue más lejos todavía cuando apuntó contra los esquemas corporativos que operan detrás de estas plataformas: “La empresa de aplicación es una entelequia que no se hace cargo de nada”, sostuvo, cuestionando la forma en que muchas compañías evitan asumir responsabilidades laborales concretas.

El debate, sin embargo, excede a los repartidores y conductores. La especialista Sara Sosa advirtió que existen convenios colectivos construidos sobre categorías laborales de décadas anteriores que hoy resultan insuficientes frente al avance tecnológico. El mercado de trabajo cambió; los marcos normativos, no siempre al mismo ritmo.

También se discutió el teletrabajo. La especialista Viviana Díaz planteó que la nueva legislación no debería implicar un retroceso en los derechos vinculados a esa modalidad y propuso incorporar cláusulas específicas en los convenios colectivos. Otro punto en tensión fue el llamado banco de horas, que modifica la organización tradicional del tiempo de trabajo y genera dudas concretas sobre su impacto en los ingresos y las jornadas reales de los trabajadores.

Para el movimiento sindical, el escenario es especialmente desafiante. ¿Cómo representar y organizar a trabajadores que muchas veces no encajan en ninguna categoría convencional de empleador-empleado? La pregunta no tiene respuesta sencilla. Lo que sí queda claro es que la reforma laboral dejó abierta una zona gris enorme: la de los trabajadores de plataformas digitales, cuya situación seguirá dependiendo, caso por caso, de las características concretas de cada vínculo y de la interpretación que hagan los tribunales. Mientras tanto, son ellos quienes cargan con la incertidumbre.

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