El alambrado que falta no es un detalle rural: es una cuenta que puede llegar al asfalto. El 17° Distrito Entre Ríos de Vialidad Nacional salió a intimar a propietarios y arrendatarios por alambrados en mal estado y dejó clara la advertencia: si un animal suelto provoca un siniestro, el responsable es quien tiene la obligación de contenerlo.
El organismo recordó que el artículo 25, inciso G, de la Ley Nacional de Tránsito 24.449 obliga a mantener alambrados que impidan el ingreso de animales a la zona de camino. No es una recomendación de buena vecindad: es una norma que busca que la ruta no se convierta en un campo abierto. Por eso, personal del distrito inició relevamientos para detectar incumplimientos, informar a los responsables de los inmuebles e intimarlos a regularizar la situación.
La advertencia no se queda en el papel. El comunicado señala que la falta de alambrados o su deficiente conservación puede derivar en las sanciones previstas en el Anexo 2 del Decreto 779/95. Además, Vialidad recordó que está facultada para realizar los trabajos necesarios para garantizar la seguridad de los usuarios y trasladar los gastos a los propietarios linderos.
Aquí está el punto que va a dolerle al bolsillo: los propietarios o arrendatarios serán exclusivamente responsables por los daños y perjuicios que se produzcan si animales sueltos ingresan a la ruta y provocan un siniestro. Es decir, no alcanza con decir que el animal se escapó solo: la responsabilidad cae sobre quien debía mantener el alambrado en condiciones. Ese es el mensaje que ahora va a circular por los campos entrerrianos.
El tema no es menor. En una provincia donde el campo pega contra la ruta, un alambrado flojo puede ser la diferencia entre un susto y un accidente con consecuencias graves. La seguridad vial no empieza en el volante: también empieza en la propiedad lindera, donde el animal no debería estar en el camino. Y cuando hay una norma clara, la discusión no es si se cumple, sino quién la hace cumplir.
La intimación también ordena la lógica del riesgo: antes de que un animal llegue a la ruta, el responsable tiene la obligación de evitarlo con el alambrado en condiciones. Si el organismo detecta la falta, puede intimar al titular o arrendatario para que regularice la situación. Y si el siniestro ya ocurrió, la cuenta no se diluye: los propietarios o arrendatarios responden por los daños y perjuicios que se produzcan.
El 5 de noviembre, el distrito difundió el comunicado para recordar la obligación, iniciar los relevamientos y dejar en claro las consecuencias legales y económicas. La medida busca que los responsables regularicen la situación antes de que el problema llegue al asfalto. En las rutas entrerrianas, el alambrado ya no es solo una cuestión rural: es responsabilidad, seguridad y posible cuenta para quien sufre el siniestro.


