martes, septiembre 1, 2026
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El Gobierno simplificó la importación de maquinaria minera

Un cambio de paradigma en el papel, dicen desde el Gobierno. La resolución 73/2026 de la Secretaría de Minería del Ministerio de Economía, publicada este martes en el Boletín Oficial, simplifica el acceso a los beneficios de la Ley de Inversiones Mineras N° 24.196, que exime de derechos de importación a equipos, insumos y bienes de capital destinados al sector.

El esquema anterior funcionaba con controles administrativos previos, certificados físicos y plazos que, según el propio texto oficial, frenaban la operatoria. El nuevo modelo es declarativo y digital: las empresas validan sus importaciones mediante declaraciones juradas integradas a la plataforma VUCEA y al Sistema Informático Malvina, y la autoridad tiene cinco días hábiles para expedirse. El certificado de importación, tal como se lo conocía, desaparece.

Entre los cambios concretos se destaca la admisión de equipamiento usado o reacondicionado, una flexibilización que apunta a reducir costos de inversión inicial. También se permite que una misma máquina sea afectada a distintos proyectos de un mismo beneficiario sin que eso implique perder el régimen. Y se incorpora la posibilidad de declarar un depósito provisorio como destino de los bienes, con notificación de afectación definitiva cada tres meses.

El nuevo Anexo II actualiza el listado de posiciones arancelarias alcanzadas e incorpora equipos que antes quedaban afuera. Para los que no figuren en la lista, se habilita un mecanismo de solicitud de incorporación respaldado por la certificación de un ingeniero independiente que acredite su necesidad técnica. Un detalle que le agrega rigor técnico al proceso y, al mismo tiempo, evita que cualquier bien intente colarse bajo el paraguas del beneficio.

La reforma también contempla a los VPU adheridos al RIGI y regula los traslados de bienes entre sociedades vinculadas, controlantes o integrantes de una Unión Transitoria de Empresas, siempre que se cumplan condiciones específicas.

La vigencia del nuevo sistema quedará supeditada a que se completen las adecuaciones tecnológicas en la plataforma de Trámites a Distancia (TAD) y a que la Dirección General de Aduanas dicte la normativa complementaria de integración con Malvina. Mientras tanto, los trámites ya iniciados seguirán bajo la normativa anterior.

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