sábado, agosto 22, 2026
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La Justicia entrerriana ordenó sacar alimentos con sellos de advertencia de las escuelas

La resolución es clara y no deja margen para excusas: los alimentos con sellos de advertencia frontal no pueden estar en los comedores de las escuelas públicas de Entre Ríos. Un juez lo ordenó, y encima dispuso que el Estado debe garantizar, de manera simultánea e ininterrumpida, la provisión de productos que no caigan bajo esa prohibición. Sin parches, sin demoras.

La acción fue impulsada por un grupo de madres y padres en representación de sus hijos, junto con la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (AGMER) y la Fundación CAUCE. El planteo fue contundente: garantizar una alimentación adecuada, saludable, suficiente y segura para las niñas, niños y adolescentes que asisten a establecimientos educativos públicos y reciben el servicio alimentario escolar.

El magistrado fue preciso en su análisis: el control judicial que ejerció se limita a verificar el cumplimiento de un mandato legal y la protección de derechos con tutela constitucional reforzada. Dicho de otro modo, no está inventando nada nuevo, sino exigiendo que se cumpla lo que la ley ya manda. La exclusión de productos con sellos de advertencia en los entornos escolares es, según la resolución, una política de salud pública cuya vigencia el Estado no puede ignorar.

Y acá viene el punto que más duele para la administración provincial: el juez dejó en claro que las dificultades administrativas, presupuestarias o de implementación no eximen al Estado de garantizar los estándares nutricionales establecidos por el ordenamiento jurídico. En criollo: que sea complicado o caro no es excusa. Los chicos comen en esas escuelas todos los días, y lo que se les sirve importa.

La resolución también ponderó el principio del interés superior del niño como eje rector de la protección de derechos de niñas, niños y adolescentes, un estándar que obliga tanto al Estado provincial como a cualquier organismo involucrado en la cadena alimentaria escolar.

Por tratarse de un proceso colectivo, la sentencia ordena comunicar la resolución al Registro de Procesos Colectivos y dispone su publicación y difusión a través del Servicio de Comunicación e Información del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos. Ahora la pelota queda en la cancha del gobierno provincial, que deberá demostrar cómo y cuándo cumple con lo que la Justicia le está exigiendo.

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