Si el intendente sabe desde agosto que el río podría crecer entre septiembre y marzo, tiene tiempo de sobra para planificar. Y si tiene tiempo para planificar, no necesita saltarse los controles. Esa es la contradicción que dejó al desnudo la ordenanza de emergencia hídrica aprobada en Concordia: una norma que concede facultades excepcionales durante casi ocho meses para afrontar algo que todavía no ocurrió y que, según los propios considerandos del texto, ni siquiera tiene fecha ni magnitud ciertas.
El propio intendente Azcue reconoció públicamente que la creciente más importante podría producirse entre septiembre y marzo, y que el Municipio ya trabaja con comité de emergencia, protocolos y herramientas técnicas. Eso es exactamente lo que corresponde hacer. El problema es lo que vino después: si hay meses para prever el riesgo, hay meses para licitar, presupuestar y competir precios. La contratación directa existe para cuando el agua ya está entrando y no hay tiempo material para ningún procedimiento. Habilitarla de manera general con meses de anticipación invierte la lógica por completo.
El texto aprobado habilita compras directas y exige cotejar precios “cuando ello resulte materialmente posible”. La presidenta del Concejo, Magdalena Reta de Urquiza, sostuvo que igual se compararán al menos tres presupuestos. Puede ser. Pero si esa es la regla, debería estar escrita así en la ordenanza, no librada a la buena voluntad de quien contrata. La diferencia jurídica no es menor: una obligación objetiva permite controlar; una fórmula abierta deja en manos del Ejecutivo decidir cuándo comparar y cuándo no. En materia de recursos públicos, los controles no pueden depender de declaraciones de intención.
La norma también habilita reasignaciones presupuestarias y faculta al Ejecutivo a establecer exenciones o diferimientos tributarios por reglamentación. Tres áreas especialmente sensibles —contrataciones, presupuesto y tributos— con controles que la propia ordenanza deja difusos. Y todo esto sobre la base de proyecciones climáticas que, según reconoce el propio texto, no permiten anticipar la ocurrencia puntual de ningún evento concreto.
Se mencionaron públicamente posibles alturas del río de 14,50 o 15 metros. Frente a una afirmación de esa magnitud, corresponde conocer el respaldo técnico: quién elaboró la proyección, con qué metodología y con qué grado de probabilidad. Esa documentación fue solicitada. Si existe, debe hacerse pública. A mayor facultad excepcional, mayor debe ser la fundamentación.
El oficialismo intentó justificar la medida recordando que en los últimos diez años Concordia atravesó emergencias hídricas en 2015, 2019 y 2023, y que algunas de ellas fueron declaradas, según admitió un propio concejal del bloque, “sin tope, sin ningún tipo de control y sin pasar por el Concejo”. El argumento, sin embargo, hace agua por todos lados: que aquellas emergencias hayan sido instrumentadas con insuficientes controles no convierte el error en derecho ni en antecedente válido. Ninguna administración puede justificar una práctica cuestionable señalando que otras administraciones hicieron lo mismo antes.
Concordia tiene una historia real con las inundaciones. Nadie discute la necesidad de prepararse. Lo que está en discusión es si una ordenanza con controles laxos, vigente durante ocho meses sobre un escenario hipotético, es la herramienta adecuada, o si es una oportunidad de gestión con menos rendición de cuentas de la que el gasto público exige.


