{"id":42845,"date":"2026-02-11T10:18:46","date_gmt":"2026-02-11T13:18:46","guid":{"rendered":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/?p=42845"},"modified":"2026-02-11T10:18:57","modified_gmt":"2026-02-11T13:18:57","slug":"maximiliano-benitez-la-baja-de-la-edad-de-punibilidad-es-inutil-innecesaria-y-perjudicial","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/index.php\/2026\/02\/11\/maximiliano-benitez-la-baja-de-la-edad-de-punibilidad-es-inutil-innecesaria-y-perjudicial\/","title":{"rendered":"Maximiliano Ben\u00edtez: \u201cLa baja de la edad de punibilidad es in\u00fatil, innecesaria y perjudicial\u201d"},"content":{"rendered":"\n<p>El Defensor General explic\u00f3 las razones estad\u00edsticas y legales por las cuales no es conveniente una reforma de la Ley Penal Juvenil en los t\u00e9rminos que propone el Poder Ejecutivo Nacional.<\/p>\n\n\n\n<p>El defensor general de Entre R\u00edos, Maximiliano Ben\u00edtez, manifest\u00f3 su posici\u00f3n contraria a la modificaci\u00f3n de la Ley Penal Juvenil en los t\u00e9rminos que propone el Poder Ejecutivo Nacional en el Congreso de la Naci\u00f3n. En ese sentido, explic\u00f3 las razones por las cuales Argentina no s\u00f3lo no necesita bajar la edad de punibilidad, sino que adem\u00e1s esto ser\u00eda perjudicial e ir\u00eda en contra de los tratados internacionales con rango constitucional que obligan al Estado a brindar protecci\u00f3n a los ni\u00f1os, ni\u00f1os y adolescentes. A su vez, remarc\u00f3 que la participaci\u00f3n de menores de edad en la comisi\u00f3n de delitos es estad\u00edsticamente m\u00ednima y la respuesta a la problem\u00e1tica no debe ser desde el Derecho Penal, sino con la prevenci\u00f3n y el abordaje de sus causas.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cLa baja de la edad es in\u00fatil, innecesaria y perjudicial. Adem\u00e1s es inconstitucional\u201d, enfatiz\u00f3 Ben\u00edtez. Y record\u00f3: \u201cNo es la primera vez que se ha querido reducir la edad de punibilidad y siempre hemos seguido las ense\u00f1anzas de los organismos internacionales y de las cuestiones f\u00e1cticas que todos los d\u00edas vemos en todas las provincias argentinas\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En ese sentido, mencion\u00f3: \u201cSi bien el Comit\u00e9 de los Derechos del Ni\u00f1o de Naciones Unidas dice que hay que modificar la Ley Penal Juvenil, con lo cual nosotros estamos de acuerdo porque la ley 22.278 viene de la \u00e9poca de la dictadura militar, a su vez dice que al modificarla no se debe incrementar las penas ni se debe bajar la edad de punibilidad, dos cuestiones que se pretende hacer con este proyecto de ley\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En cuanto a las razones f\u00e1cticas por las cuales sostiene esta posici\u00f3n, explic\u00f3: \u201cEstamos en un momento muy especial en Argentina, donde los delitos cometidos por los ni\u00f1os, ni\u00f1as y adolescentes viene disminuyendo desde hace much\u00edsimos a\u00f1os. En general, ha disminuido el delito en Argentina: en 2001-2002 est\u00e1bamos con una tasa de homicidios de aproximadamente 9 o 10 cada 100.000 habitantes y ahora estamos en una tasa de 3,7. Y en Entre R\u00edos tenemos una tasa menor que la media nacional, de 2,33 homicidios cada 100.00 habitantes\u201d. A eso agreg\u00f3 que \u201ces \u00ednfimo el n\u00famero de delitos cometidos por menores de 18 a\u00f1os y m\u00e1s insignificante a\u00fan los cometidos por menores de 16\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEs cierto lo que dice el gobierno, que hay pa\u00edses en la regi\u00f3n que tienen una edad menor que Argentina, como Paraguay, Uruguay, Brasil. Pero todos esos pa\u00edses tienen \u00edndices de delitos mucho mayores que nosotros y no ha disminuido la participaci\u00f3n de los ni\u00f1os y adolescentes. Justamente, esos son los casos que nos dan la raz\u00f3n de que la privaci\u00f3n de la libertad no hace m\u00e1s que profundizar la violencia\u201d, remarc\u00f3 Ben\u00edtez. En ese sentido, precis\u00f3 que Uruguay, con una edad de punibilidad de 13 a\u00f1os tiene m\u00e1s de 10 homicidios cada 100.000 habitantes; Brasil y M\u00e9xico, con una edad de 12, tienen 23 y 22 respectivamente, y Paraguay, con una edad de 14 tiene 6,2.<\/p>\n\n\n\n<p>Respuestas alternativas<\/p>\n\n\n\n<p>A cerca del rol que debe tener el Estado frente a la problem\u00e1tica de los j\u00f3venes que cometen delitos, el Defensor General de Entre R\u00edos sostuvo: \u201cEl hecho de que una persona sea no punible, no quiere decir que se vaya a la casa y que no pase m\u00e1s nada. Tenemos que ver las razones por las cuales ese ni\u00f1o cometi\u00f3 ese hecho, tenemos que acompa\u00f1ar a las v\u00edctimas pero no tenemos que desproteger al autor. Por ejemplo, si el delito est\u00e1 relacionado con el consumo de estupefacientes, se debe tratar esa problem\u00e1tica, si es necesario, en un lugar de recuperaci\u00f3n de adictos\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cNo es ninguna soluci\u00f3n que vaya a la c\u00e1rcel, sino que eso empeora las cosas. El Estado debe intervenir, lo que nosotros sostenemos es que la intervenci\u00f3n no es desde el Derecho Penal y que el lugar de detenci\u00f3n no es una c\u00e1rcel de mayores; sino que el lugar de detenci\u00f3n y el tratamiento deben ser otros\u201d, a\u00f1adi\u00f3. A esto sum\u00f3 que hay actualmente en el pa\u00eds \u201cuna crisis carcelaria seria\u201d, con \u201cel mayor \u00edndice de prisionalizaci\u00f3n desde que se toman este tipo de mediciones\u201d y esto se agravar\u00eda mucho m\u00e1s con la incorporaci\u00f3n de ni\u00f1os y adolescentes.<\/p>\n\n\n\n<p>Finalmente, record\u00f3 que existen estudios cient\u00edficos que, entre otros cosas, demuestran que los adolescentes no poseen un total desarrollo del l\u00f3bulo frontal hasta los 20 a\u00f1os, con las consecuencias que esto tiene en el autocontrol, la toma de decisiones, el desarrollo del pensamiento abstracto y la anticipaci\u00f3n de las consecuencias, entre otras cuestiones. Esto fue tenido en cuenta por la Corte Suprema de Justicia de la Naci\u00f3n y por la propia Corte de los Estados Unidos en los casos \u201cPoper\u201d, \u201cMiller\u201d y \u201cGraham\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cLos ni\u00f1os est\u00e1n en una etapa de desarrollo y si los ponemos en una c\u00e1rcel, no vamos a lograr otra cosa que mayor violencia y reincidencia e impedir su resocializaci\u00f3n y desarrollo sano. Soy defensor p\u00fablico desde hace m\u00e1s de 30 a\u00f1os. Vi lo que era el pabell\u00f3n Clemente XI en la c\u00e1rcel de Victoria: la mayor\u00eda de los ni\u00f1os que estuvieron ah\u00ed privados de su libertad hoy est\u00e1n muertos o est\u00e1n presos con penas alt\u00edsimas\u201d, concluy\u00f3.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Defensor General explic\u00f3 las razones estad\u00edsticas y legales por las cuales no es conveniente una reforma de la Ley Penal Juvenil en los t\u00e9rminos que propone el Poder Ejecutivo Nacional. 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