{"id":42539,"date":"2026-01-30T10:01:00","date_gmt":"2026-01-30T13:01:00","guid":{"rendered":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/?p=42539"},"modified":"2026-01-30T09:31:44","modified_gmt":"2026-01-30T12:31:44","slug":"combustibles-aprobaron-una-nueva-suba-del-impuesto-que-se-traslada-al-precio-de-la-nafta-y-el-gasoil","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/index.php\/2026\/01\/30\/combustibles-aprobaron-una-nueva-suba-del-impuesto-que-se-traslada-al-precio-de-la-nafta-y-el-gasoil\/","title":{"rendered":"Combustibles: aprobaron una nueva suba del impuesto que se traslada al precio de la nafta y el gasoil"},"content":{"rendered":"\n<p>Se trata de un incremento parcial que el Gobierno viene implementando para mitigar el impacto de las actualizaciones mensuales en el bolsillo de los usuarios<\/p>\n\n\n\n<p>El Gobierno aument\u00f3 los impuestos a los combustibles l\u00edquidos y al di\u00f3xido de carbono (ICL y CO\u2082), los cuales se trasladar\u00e1n en febrero a los valores de la nafta y el gasoil que los usuarios encuentren en las estaciones de servicio.<\/p>\n\n\n\n<p>La suba se oficializ\u00f3 mediante la publicaci\u00f3n del decreto 74\/2026 en Bolet\u00edn Oficial, en donde aclararon que se trata de un incremento parcial. En este sentido, explicaron que, \u201ccon el prop\u00f3sito de continuar estimulando el crecimiento de la econom\u00eda a trav\u00e9s de un sendero fiscal sostenible, resulta necesario, para los productos en cuesti\u00f3n, diferir parcialmente los incrementos remanentes originados en las referidas actualizaciones&#8221;.<\/p>\n\n\n\n<p>El nuevo cronograma, dispuesto en el segundo art\u00edculo del texto oficial, determin\u00f3 que \u201cpara los hechos imponibles\u201d, que ocurran entre el 1 y el 28 de febrero, los montos del impuesto se incrementar\u00e1n seg\u00fan la siguiente escala: en el caso de la nafta sin plomo, hasta 92 RON y sobre 92 RON (tambi\u00e9n conocida como \u201cs\u00faper\u201d), y la virgen, el impuesto subir\u00e1 $16,773 por litro. En cuanto al di\u00f3xido de carbono, este gravamen subir\u00e1 $1,027 por litro.<\/p>\n\n\n\n<p>En lo que respecta al gasoil, el impuesto aumentar\u00e1 $14,372; sobre la al\u00edcuota diferencial para zonas como la Patagonia y otras espec\u00edficas del interior del pa\u00eds, sumar\u00e1 $7,782; y para el di\u00f3xido de carbono se incrementar\u00e1 en $1,638 por litro.<\/p>\n\n\n\n<p>A trav\u00e9s de un\u00a0documento publicado en agosto del a\u00f1o pasado, el Ejecutivo hab\u00eda postergado la aplicaci\u00f3n de los incrementos derivados de las actualizaciones correspondientes al a\u00f1o calendario 2024 y a los tres primeros trimestres de 2025, estableciendo como nueva fecha el 1\u00b0 de febrero de 2026. En esa misma l\u00ednea, el Gobierno tambi\u00e9n modific\u00f3 la fecha de aplicaci\u00f3n de la siguiente etapa de incrementos, que pasa del 1 de febrero al mismo d\u00eda del mes siguiente, seg\u00fan aclara el art\u00edculo tercero de la norma.<\/p>\n\n\n\n<p>Por otro lado, la legislaci\u00f3n prev\u00e9 un tratamiento diferencial para el gasoil destinado al consumo en determinadas jurisdicciones del pa\u00eds, como las provincias de Neuqu\u00e9n, La Pampa, R\u00edo Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Ant\u00e1rtida e Islas del Atl\u00e1ntico Sur, el Partido de Patagones en Buenos Aires y el departamento Malarg\u00fce en Mendoza.<\/p>\n\n\n\n<p>El decreto toma como antecedente la Ley 23.966, que establece los grav\u00e1menes sobre los combustibles l\u00edquidos y el di\u00f3xido de carbono, as\u00ed como los mecanismos de actualizaci\u00f3n trimestral de los montos fijos en funci\u00f3n de la inflaci\u00f3n que da a conocer mensualmente el INDEC.<\/p>\n\n\n\n<p>Seg\u00fan la normativa vigente, los ajustes deben aplicarse en los meses de enero, abril, julio y octubre de cada a\u00f1o y contemplan las variaciones acumuladas desde enero de 2018. \u201cEn los considerandos precedentes se previ\u00f3 que los referidos montos fijos se actualizasen por trimestre calendario sobre la base de las variaciones del \u00cdndice de Precios al Consumidor (IPC), que suministre el Instituto Nacional de Estad\u00edstica y Censos (INDEC)\u201c, subraya en uno de sus p\u00e1rrafos.<\/p>\n\n\n\n<p>De acuerdo con un informe, el Gobierno opt\u00f3 en 2025 por evitar incrementos bruscos en los precios de los combustibles al aplazar parcialmente la actualizaci\u00f3n del impuesto a los combustibles l\u00edquidos y al di\u00f3xido de carbono. Esta pol\u00edtica implic\u00f3 para el Estado una p\u00e9rdida de ingresos por USD 2.326 millones, buscando de esta manera atenuar el impacto fiscal en los surtidores, aunque acentu\u00f3 la diferencia entre el monto legal del tributo y lo efectivamente recaudado.<\/p>\n\n\n\n<p>La decisi\u00f3n se tradujo en que la actualizaci\u00f3n integral del impuesto fue postergada de manera sistem\u00e1tica durante el a\u00f1o. La \u00faltima actualizaci\u00f3n, que tuvo lugar en diciembre, represent\u00f3 una disminuci\u00f3n de recaudaci\u00f3n de USD 173 millones solo en ese mes, de acuerdo al dato de la consultora Econom\u00eda y Energ\u00eda (EyE). La suma anual refleja la magnitud de los recursos resignados para evitar una mayor presi\u00f3n sobre los precios finales de los combustibles.<\/p>\n\n\n\n<p>El mecanismo previsto por ley establece que los valores deben ajustarse trimestralmente seg\u00fan la variaci\u00f3n del \u00cdndice de Precios al Consumidor nacional. Pese a esa disposici\u00f3n, el Ejecutivo opt\u00f3 por suspender varias veces este ajuste autom\u00e1tico, autorizando solo incrementos parciales y trasladando el resto de los aumentos a instancias futuras.<\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>Fuente: Infobae<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Se trata de un incremento parcial que el Gobierno viene implementando para mitigar el impacto de las actualizaciones mensuales en el bolsillo de los usuarios El Gobierno aument\u00f3 los impuestos a los combustibles l\u00edquidos y al di\u00f3xido de carbono (ICL y CO\u2082), los cuales se trasladar\u00e1n en febrero a los valores de la nafta y [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":5,"featured_media":23027,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[89],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/42539"}],"collection":[{"href":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/5"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=42539"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/42539\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":42540,"href":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/42539\/revisions\/42540"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/23027"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=42539"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=42539"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=42539"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}