{"id":33562,"date":"2025-01-06T12:19:46","date_gmt":"2025-01-06T15:19:46","guid":{"rendered":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/?p=33562"},"modified":"2025-01-06T12:19:53","modified_gmt":"2025-01-06T15:19:53","slug":"las-farmacias-de-entre-rios-seguiran-recibiendo-recetas-en-papel-pese-al-decreto-para-uso-electronico","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/index.php\/2025\/01\/06\/las-farmacias-de-entre-rios-seguiran-recibiendo-recetas-en-papel-pese-al-decreto-para-uso-electronico\/","title":{"rendered":"Las farmacias de Entre R\u00edos seguir\u00e1n recibiendo recetas en papel pese al decreto para uso electr\u00f3nico"},"content":{"rendered":"\n<p>Si bien un decreto nacional estableci\u00f3 que desde\u00a0el 1 de enero solo se pueden emitir recetas electr\u00f3nicas, desde el\u00a0Colegio de Farmac\u00e9uticos de Entre R\u00edos\u00a0aclararon que en las farmacias de la provincia por ahora seguir\u00e1n usando las prescripciones m\u00e9dicas en formato de papel porque ninguna norma provincial les ha quitado su validez.<\/p>\n\n\n\n<p>Por otra parte, pidieron a Salud de Entre R\u00edos medidas urgentes para garantizar el funcionamiento de las plataformas emisoras de recetas electr\u00f3nicas.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">El comunicado de las farmacias de Entre R\u00edos<\/h2>\n\n\n\n<p>El Decreto 345\/2024 establece que desde el 1\u00b0 de enero se encuentra en vigencia la implementaci\u00f3n de la receta electr\u00f3nica en todo el pa\u00eds, lo cual significa que la prescripci\u00f3n de medicamentos deber\u00e1 realizarse, \u00fanicamente, a trav\u00e9s de las plataformas inscriptas en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias.<\/p>\n\n\n\n<p>Desde el Colegio afirmar<\/p>\n\n\n\n<p>on que la medida implica un \u201cavance importante con el loable objetivo de lograr la evoluci\u00f3n del acto m\u00e9dico, lo que evitar\u00e1 muchos errores y ser\u00e1 de suma practicidad para los pacientes y las farmacias\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>No obstante, aclararon que \u201cla facultad de establecer los requisitos y la implementaci\u00f3n de tales postulados sobre la salud corresponden a las provincias\u201d. En tal sentido, recordaron que \u201cEntre R\u00edos ha ido avanzando en los aspectos normativos correspondientes\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed, por Ley Provincial N\u00b010.977 (8\/6\/22) se adhiri\u00f3 a la Ley Nacional N\u00b0 27.553 y por resoluci\u00f3n 2.076\/23 se crea una Comisi\u00f3n para la reglamentaci\u00f3n de la Ley N\u00b0 10.977. Luego, por resoluci\u00f3n N\u00b0 2.632 del 30\/6\/23 del Ministerio de Salud, se cre\u00f3 el Registro Provincial de Plataformas de Recetas Electr\u00f3nicas y por Decreto N\u00b0 4.939 (9\/12\/2023) se design\u00f3 los contenidos m\u00ednimos que deben tener las recetas electr\u00f3nicas, entre los cuales se destacan: la validaci\u00f3n de los pacientes y los prescriptores, la forma de obtenci\u00f3n en la farmacia, la remisi\u00f3n de datos y el almacenamiento de las recetas, etc\u201d.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">M\u00e1s del comunicado<\/h2>\n\n\n\n<p>\u201cSin embargo, hasta la fecha, la Direcci\u00f3n General de Prestaciones del Ministerio de Salud de Entre R\u00edos no ha procedido a implementar los recaudos necesarios que permitan verificar las plataformas habilitadas por la provincia para que los galenos las emitan, asegurando la legitimidad de tales actos m\u00e9dicos que, por su trascendencia en la salud de la poblaci\u00f3n, tienen que dar fe de la identidad del profesional y su debida participaci\u00f3n, adem\u00e1s de prever un adecuado reservorio de las mismas\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cTampoco se ha implementado ni inscripto, ni aprobado, plataforma o sistema de archivo digital para llevar los libros Recetario, Psicotr\u00f3picos y Estupefacientes que las farmacias tienen la obligaci\u00f3n de confeccionar, lo cual imposibilita el registro y archivo de las recetas electr\u00f3nicas emitidas por plataformas\u201d , advirtieron desde el Colegio de Farmac\u00e9uticos de Entre R\u00edos.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cPor ello, en la actualidad existe un sistema mixto donde conviven las recetas en papel con algunas plataformas de emisi\u00f3n de recetas electr\u00f3nicas, ya que el decreto reglamentario provincial prev\u00e9 la continuidad de las recetas papel y la coexistencia de ambos documentos hasta los dos a\u00f1os desde su publicaci\u00f3n (Decreto 4939\/23, 7\/12\/23. Anexo I, cuarto p\u00e1rrafo)\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Por lo tanto, \u201chasta tanto se emiten las directivas precisas sobre las habilitaciones de plataformas digitales en la provincia y se logre la existencia de pautas m\u00ednimas que permitan asegurar la legitimidad del acto m\u00e9dico, las farmacias de Entre R\u00edos continuar\u00e1n recibiendo las recetas en papel, ya que ninguna norma provincial les ha quitado su validez\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Finalmente, desde la entidad que representa a las farmacias entrerrianas instaron a las autoridades sanitarias de la provincia de Entre R\u00edos a \u201cimpulsar en forma medidas urgentes las id\u00f3neas y necesarias para poder implementar de manera correcta y segura el funcionamiento de plataformas emisoras de recetas electr\u00f3nicas\u201d .<\/p>\n\n\n\n<p>Fuente: UNO Entre R\u00edos<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Si bien un decreto nacional estableci\u00f3 que desde\u00a0el 1 de enero solo se pueden emitir recetas electr\u00f3nicas, desde el\u00a0Colegio de Farmac\u00e9uticos de Entre R\u00edos\u00a0aclararon que en las farmacias de la provincia por ahora seguir\u00e1n usando las prescripciones m\u00e9dicas en formato de papel porque ninguna norma provincial les ha quitado su validez. Por otra parte, pidieron [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":5,"featured_media":33563,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[63,842,1659],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/33562"}],"collection":[{"href":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/5"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=33562"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/33562\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":33564,"href":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/33562\/revisions\/33564"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/33563"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=33562"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=33562"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=33562"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}