{"id":17479,"date":"2023-11-09T14:37:49","date_gmt":"2023-11-09T17:37:49","guid":{"rendered":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/?p=17479"},"modified":"2023-11-09T14:37:51","modified_gmt":"2023-11-09T17:37:51","slug":"violencia-de-genero-empleados-publicos-condenados-no-podran-seguir-trabajando","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/index.php\/2023\/11\/09\/violencia-de-genero-empleados-publicos-condenados-no-podran-seguir-trabajando\/","title":{"rendered":"Violencia de g\u00e9nero: empleados p\u00fablicos condenados no podr\u00e1n seguir trabajando"},"content":{"rendered":"\n<p>Las sobrevivientes podr\u00e1n tomar el empleo de sus ex c\u00f3nyuges o parejas condenados.\u00a0<\/p>\n\n\n\n<p>Por unanimidad, en la&nbsp;<strong>C\u00e1mara de Diputados de Catamarca<\/strong>, se aprob\u00f3 un proyecto de ley que busca que aquellos empleados o funcionarios condenados por hechos de violencia por razones de g\u00e9nero no puedan continuar en sus puestos de trabajo. Como contraparte, ofrece el empleo vacante a las sobrevivientes, previo cumplir una serie de requisitos.<\/p>\n\n\n\n<p>El proyecto, presentado por presidenta de la C\u00e1mara,&nbsp;<strong>Cecilia Guerrero<\/strong>&nbsp;parte en su art\u00edculo primero de \u201cconsiderar a la violencia de g\u00e9nero como una ofensa a la dignidad de las mujeres y diversidades y una violaci\u00f3n grave a sus derechos humanos\u201d. Adem\u00e1s se hizo en conjunto con la Comisi\u00f3n de G\u00e9nero del&nbsp;<strong>Colegio de Abogados y Abogadas.<\/strong>&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>En sus argumentos, Guerrero explic\u00f3: \u201cCreemos que con esta iniciativa parlamentaria, de convertirse en ley, estar\u00edamos\u00a0<strong>dando un mensaje contundente a la ciudadan\u00eda en general, y a los funcionarios y empleados p\u00fablicos en particular,<\/strong>\u00a0de que el Estado Provincial, siendo consecuente con la prioridad\u00a0<strong>pol\u00edtica de prevenir, erradicar y sancionar la violencia de g\u00e9nero<\/strong>\u00a0establecida en la Ley 5434, no permitir\u00e1 ni avalar\u00e1 que ninguno de sus agentes, en cualquiera de sus jerarqu\u00edas, incurran en actos de violencia contra las mujeres, sin poner en marcha los mecanismos institucionales necesarios para sancionar tan grave afrenta a la dignidad humana\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En su articulado, la iniciativa expone que los hechos de violencia de g\u00e9nero cometidos por funcionarios, empleados y agentes del Estado Provincial, de los tres poderes en los que se encuentra dividido el Gobierno de la Provincia, sea que se produzcan en el \u00e1mbito de sus relaciones personales, familiares o laborales, constituyen \u2013a los efectos de la presente ley-&nbsp;<strong>conducta indecorosa e indigna de la consideraci\u00f3n y confianza que su estado oficial exige<\/strong>, y resultan incompatibles con el acceso, ejercicio y permanencia en la funci\u00f3n p\u00fablica.<\/p>\n\n\n\n<p>Durante la sesi\u00f3n precisaron que estos impedimientos tambi\u00e9n se har\u00e1n extensivos a gobernador y vice, l<strong>egisladores,&nbsp;<\/strong>intendentes y concejales.<\/p>\n\n\n\n<p>En tanto, establece que son impedimentos para ingresar o permanecer y ejercer como funcionarios o empleados de la Administraci\u00f3n Provincial, \u201c<strong>registrar condena<\/strong>, con sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada emanada de autoridad judicial competente, por delitos cometidos en contexto de violencia de g\u00e9nero, delitos agravados por violencia de g\u00e9nero, y delitos contra la integridad sexual\u201d. Tambi\u00e9n \u201chaber sido declarado&nbsp;<strong>Agresor de Violencia Familiar o de G\u00e9nero<\/strong>, en los t\u00e9rminos del art\u00edculo 62\u00b0 de la Ley 5434, por sentencia dictada por autoridad judicial competente en sede civil\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Por \u00faltimo establece que en caso que un empleado o agente p\u00fablico fuera cesanteado o exonerado de la Administraci\u00f3n Provincial,&nbsp;<strong>tendr\u00e1 derecho a ingresar mediante relaci\u00f3n de empleo p\u00fablico, la persona que hubiese sido la v\u00edctima del delito cometido&nbsp;<\/strong>por el agente o empleado cesanteado o exonerado siempre que, en forma concurrente, se cumplan las siguientes condiciones: La persona v\u00edctima de violencia fuera mayor de edad; cumpla con el requisito constitucional de idoneidad y carezca de medios de vida propios, o teni\u00e9ndolos, fueran manifiestamente insuficientes.<\/p>\n\n\n\n<p>El proyecto que ya hab\u00eda sido presentado en otro momento, esta vez tuvo el apoyo un\u00e1nime de la C\u00e1mara, por lo que pas\u00f3 a\u00a0<strong>Senadores\u00a0<\/strong>para su tratamiento y posterior resoluci\u00f3n.\u00a0<\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>P\u00e1gina 12<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Las sobrevivientes podr\u00e1n tomar el empleo de sus ex c\u00f3nyuges o parejas condenados.\u00a0 Por unanimidad, en la&nbsp;C\u00e1mara de Diputados de Catamarca, se aprob\u00f3 un proyecto de ley que busca que aquellos empleados o funcionarios condenados por hechos de violencia por razones de g\u00e9nero no puedan continuar en sus puestos de trabajo. Como contraparte, ofrece el [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":5,"featured_media":17481,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/17479"}],"collection":[{"href":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/5"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=17479"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/17479\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":17482,"href":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/17479\/revisions\/17482"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/17481"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=17479"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=17479"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=17479"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}