{"id":16210,"date":"2023-10-22T10:51:34","date_gmt":"2023-10-22T13:51:34","guid":{"rendered":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/?p=16210"},"modified":"2023-10-22T10:51:37","modified_gmt":"2023-10-22T13:51:37","slug":"elecciones-2023-respuestas-a-las-dudas-mas-frecuentes","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/index.php\/2023\/10\/22\/elecciones-2023-respuestas-a-las-dudas-mas-frecuentes\/","title":{"rendered":"Elecciones 2023: respuestas a las dudas m\u00e1s frecuentes"},"content":{"rendered":"\n<p>En el&nbsp;<a rel=\"noreferrer noopener\" href=\"https:\/\/www.electoral.gob.ar\/nuevo\/paginas\/btn\/pf.php\" target=\"_blank\">sitio web habilitado por la C\u00e1mara Nacional Electoral<\/a>&nbsp;se pueden realizar consultas sobre los establecimientos y mesas de votaci\u00f3n de los electores para el 22 de octubre, en estas&nbsp;elecciones 2023.&nbsp;Para las presidenciales son cinco las alternativas, mientras que para la Gobernaci\u00f3n de Entre R\u00edos las opciones son tres.<\/p>\n\n\n\n<p>El pa\u00eds vive las elecciones presidenciales de 2023. Todos los ciudadanos argentinos a partir de los 16 a\u00f1os de edad tendr\u00e1n el derecho de votar este domingo de 22 de octubre. En Entre R\u00edos tambi\u00e9n se vota y son tres las opciones para suceder a Bordet en la Casa Gris: Ad\u00e1n Bahl (M\u00e1s para Entre R\u00edos), Rogelio Frigerio (Juntos por Entre R\u00edos) y Sebasti\u00e1n Etchevehere (La Libertad Avanza).<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">\u00bfQui\u00e9nes pueden votar?<\/h2>\n\n\n\n<p>Los ciudadanos y las ciudadanas que figuren en el padr\u00f3n electoral y acrediten su identidad con documento habilitante.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>C\u00f3mo consultar el padr\u00f3n electoral para las elecciones 2023<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p>Para consultar el<a href=\"https:\/\/www.padron.gob.ar\/\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\"><strong>&nbsp;padr\u00f3n electoral,<\/strong><\/a>&nbsp;solo hay que ingresar el n\u00famero de DNI del elector, su g\u00e9nero, el distrito donde vota y los n\u00fameros y letras que aparecen en el verificador. A continuaci\u00f3n, se obtendr\u00e1n los datos necesarios para el momento del sufragio: la direcci\u00f3n del establecimiento de votaci\u00f3n, el n\u00famero de mesa y de orden.<\/p>\n\n\n\n<p>Cabe se\u00f1alar que figurar en el padr\u00f3n electoral es fundamental para poder emitir el voto el 22 de octubre. Adem\u00e1s, al momento del sufragio, tambi\u00e9n se debe presentar ante las autoridades de mesa en el establecimiento de votaci\u00f3n un documento c\u00edvico personal para acreditar la identidad del elector.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">\u00bfCu\u00e1les son los documentos habilitados para votar?<\/h2>\n\n\n\n<p>Los documentos v\u00e1lidos para votar en las elecciones generales del 22 de octubre<\/p>\n\n\n\n<p>Existen requisitos y restricciones relacionados con la documentaci\u00f3n v\u00e1lida para ejercer el derecho al voto. Los documentos aceptados para sufragar incluyen la Libreta C\u00edvica, Libreta de Enrolamiento, DNI verde, DNI celeste y DNI tarjeta. Aquellos ciudadanos que extrav\u00eden su documento de identidad no podr\u00e1n emitir su voto en las elecciones.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, se aplica una regla espec\u00edfica con respecto a la vigencia de los documentos habilitados. No se permite el uso de un documento cuyo ejemplar sea anterior al que figura en el padr\u00f3n electoral, aunque s\u00ed los electores podr\u00e1n sufragar si presentan una versi\u00f3n posterior al documento registrado en la n\u00f3mina oficial.<\/p>\n\n\n\n<p>Estas disposiciones apuntan a garantizar la integridad y la transparencia del proceso electoral.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">\u00bfC\u00f3mo se vota?<\/h2>\n\n\n\n<p>Los ciudadanos y las ciudadanas ubican su mesa en el padr\u00f3n que se encuentra exhibido en el exterior del establecimiento, y se presentan en ella con su documento habilitante. El electorado exhibir\u00e1 el documento y lo depositar\u00e1 en la mesa, sin contacto de la autoridad y luego lo retirar\u00e1. El\/la Presidente le entregar\u00e1 un sobre vac\u00edo firmado en el acto de su pu\u00f1o y letra y lo invitar\u00e1 a pasar al cuarto oscuro. A solas en el cuarto oscuro el\/la ciudadano\/a coloca en el sobre la\/s boleta\/s de sufragio de su preferencia y pasar\u00e1 a depositar el sobre en la urna. A continuaci\u00f3n, firmar\u00e1 el padr\u00f3n y el\/la Presidente\/a de Mesa firmar\u00e1 la constancia de emisi\u00f3n del voto la que le ser\u00e1 entregada al ciudadano\/a junto con su documento c\u00edvico.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">\u00bfQu\u00e9 sucede en los casos de faltantes de boletas?<\/h2>\n\n\n\n<p>La Autoridad de Mesa debe verificar que existan en todo momento boletas de las agrupaciones pol\u00edticas. Los\/as fiscales las repondr\u00e1n a pedido del Presidente\/a de Mesa o, en su defecto, lo har\u00e1 \u00e9l\/ella con las boletas de contingencia entregadas por el servicio de correo. En caso de que se agoten las boletas de contingencia, la responsabilidad de reponerlas es de los\/as fiscales partidarios.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">\u00bfRecibo una constancia de votaci\u00f3n?<\/h2>\n\n\n\n<p>S\u00ed, el\/la Presidente\/a de Mesa le entregar\u00e1 la constancia de emisi\u00f3n del sufragio \u2013firmada- en la que figuran sus datos y la fecha de la elecci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>\u00bfPuedo votar en las elecciones generales si no vot\u00e9 en las PASO?<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p>Participar de las elecciones generales es un derecho y una obligaci\u00f3n. Si no se particip\u00f3 de las internas del 13 de agosto, de igual manera el elector podr\u00e1 participar de las elecciones generales del 22 de octubre. Pero, para no ingresar al Registro de Infractores al Deber Votar, deber\u00e1 presentar el certificado de la justificaci\u00f3n de su ausencia en las PASO ante la C\u00e1mara Nacional Electoral.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Qu\u00e9 debo hacer si no vot\u00e9<\/h2>\n\n\n\n<p>Los ciudadanos y las ciudadanas que no hayan emitido su voto deber\u00e1n justificar su abstenci\u00f3n con la documentaci\u00f3n que acredite el motivo de la falta, a tal fin deber\u00e1n hacerlo ante la Secretar\u00eda Electoral correspondiente a su distrito o a la C\u00e1mara Nacional Electoral, o ingresar a&nbsp;<a href=\"https:\/\/infractores.padron.gov.ar\/\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">https:\/\/infractores.padron.gov.ar\/<\/a><\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">\u00bfPor qu\u00e9 no estoy en el padr\u00f3n electoral si tengo 16 a\u00f1os?<\/h2>\n\n\n\n<p>Es posible que no hayas realizado la actualizaci\u00f3n de mayor del DNI (se debe efectuar a partir de los 14 a\u00f1os); hayas realizado la actualizaci\u00f3n luego del cierre del padr\u00f3n provisorio o el Registro Nacional de las Personas no haya remitido a la C\u00e1mara Nacional Electoral la informaci\u00f3n para que seas incluido\/a. En este caso, se deber\u00e1 realizar un reclamo ante la Justicia Nacional Electoral, en los plazos previstos en el C\u00f3digo Electoral Nacional. El mismo podr\u00e1s realizarlo:<\/p>\n\n\n\n<ul>\n<li><a href=\"https:\/\/www.padron.gov.ar\/cne_reclamos\/\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">https:\/\/www.padron.gov.ar\/cne_reclamos\/<\/a>&nbsp;(en el per\u00edodo de publicaci\u00f3n del padr\u00f3n)<\/li>\n\n\n\n<li><a href=\"mailto:reclamos.padron@pjn.gov.ar\">reclamos.padron@pjn.gov.ar<\/a><\/li>\n\n\n\n<li>La Secretar\u00eda Electoral correspondiente a tu distrito.<\/li>\n\n\n\n<li><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">\u00bfLos\/as extranjeros\/as pueden votar en las elecciones nacionales?<\/h2>\n\n\n\n<p>No pueden votar. Podr\u00e1n hacerlo para cargos locales si la normativa provincial o de Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires as\u00ed lo permite.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En el&nbsp;sitio web habilitado por la C\u00e1mara Nacional Electoral&nbsp;se pueden realizar consultas sobre los establecimientos y mesas de votaci\u00f3n de los electores para el 22 de octubre, en estas&nbsp;elecciones 2023.&nbsp;Para las presidenciales son cinco las alternativas, mientras que para la Gobernaci\u00f3n de Entre R\u00edos las opciones son tres. 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