{"id":15458,"date":"2023-10-05T14:03:44","date_gmt":"2023-10-05T17:03:44","guid":{"rendered":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/?p=15458"},"modified":"2023-10-05T17:03:49","modified_gmt":"2023-10-05T20:03:49","slug":"los-corredores-inmobiliarios-son-los-unicos-facultados-para-hacer-tasaciones-indico-armandola","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/lt15concordia.com.ar\/index.php\/2023\/10\/05\/los-corredores-inmobiliarios-son-los-unicos-facultados-para-hacer-tasaciones-indico-armandola\/","title":{"rendered":"&#8220;Los corredores inmobiliarios son los \u00fanicos facultados para hacer tasaciones\u201d, indic\u00f3 Arm\u00e1ndola"},"content":{"rendered":"\n<p><em>As\u00ed lo afirm\u00f3 Paula Arm\u00e1ndola, presidenta del Colegio de Corredores P\u00fablicos Inmobiliarios de Entre R\u00edos,, cuya entidad realiz\u00f3 una presentaci\u00f3n ante el Poder Judicial para recordar las incumbencias de los profesionales.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>El&nbsp;<strong>\u00c1rea Asuntos Administrativos del Poder Judicial<\/strong>&nbsp;dispuso que se haga conocer a las mesas \u00fanicas informativas y a la superintendencia donde no existe MUI, lo dispuesto en la Ley 9739, art\u00edculo 7, incisos b) y c) del Colegio de Corredores P\u00fablicos Inmobiliarios en el marco del expediente N\u00b049479-SSE N\u00b0 4472\/2023 \u201cColegio de Corredores P\u00fablicos Inmobiliarios de Entre R\u00edos S.&nbsp;<strong>hace saber facultad exclusiva del Colegio de la tasaci\u00f3n venal de inmuebles para la venta y\/o el otorgamiento de cr\u00e9ditos hipotecarios<\/strong>\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>La resoluci\u00f3n est\u00e1 fechada el 2 de octubre y refiere a la presentaci\u00f3n efectuada formalmente por la presidenta del Colegio de Corredores P\u00fablicos Inmobiliarios de Entre R\u00edos ante el Poder Judicial de Entre R\u00edos&nbsp;<strong>con el prop\u00f3sito de que las incumbencias de los profesionales a los que representa esa instituci\u00f3n sean efectivamente respetadas.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>\u201c<strong>Son los matriculados los \u00fanicos facultados para hacer tasaciones para la venta de un inmueble porque la tasaci\u00f3n es incumbencia exclusiva del corredor inmobiliario<\/strong>\u201d, afirm\u00f3&nbsp;<strong>Paula Arm\u00e1ndola<\/strong>&nbsp;exhibiendo el documento emitido por el Poder Judicial. Remarc\u00f3 que \u201c<strong>la tasaci\u00f3n venal, para la venta, es competencia del corredor inmobiliario, es un tema que no admite discusiones<\/strong>\u201d.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>Incumbencias<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p>Explic\u00f3 que los corredores \u201c<strong>tenemos la incumbencia exclusiva de las tasaciones en el mercado, somos los que estamos en contacto con el mercado<\/strong>\u201d. Acot\u00f3 que tres grandes variables componen el valor de la propiedad: las intr\u00ednsecas \u2013estructurales, f\u00edsicas, luminosidad, funcionalidad, por ejemplo-, las extr\u00ednsecas que es la zona donde est\u00e1 emplazada, que es lo que lo hace un bien \u00fanico \u2013el equipamiento urbano que existe en el entorno, la seguridad, los medios de transporte, etc- y en Argentina, la tercera variable, muy fuerte, es la situaci\u00f3n del mercado, c\u00f3mo est\u00e1 la macroeconom\u00eda. En este \u00faltimo an\u00e1lisis se puede generar una varianza entre el costo de construir y el de venta real. Por eso es importante saber cu\u00e1l es el precio real de venta hoy\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Abundando en precisiones, agreg\u00f3 que&nbsp;<strong>\u201clas tasaciones tienen tres elementos<\/strong>: el objeto que es el bien inmueble del que se est\u00e1 hablando; la temporalidad, es decir se hace para una fecha exacta, y la finalidad. Los corredores inmobiliarios tenemos la exclusividad de la tasaci\u00f3n de valor de mercado, tasaci\u00f3n venal o sea, aquella que est\u00e1 destinada a la venta, a diferencia de otras que pueden ser para seguros, para estados contables, para aval\u00fao fiscal, entre otras finalidades\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Respecto de la gesti\u00f3n realizada en sede judicial, la presidenta del CCPIER manifest\u00f3: \u201cEs una acci\u00f3n concreta del Colegio en defensa de las incumbencias del corredor inmobiliario. Y&nbsp;<strong>la sociedad debe saber que necesita el servicio de este profesional para tener un valor de mercado real de un bien inmueble<\/strong>. Son los corredores inmobiliarios matriculados los \u00fanicos que tienen los conocimientos necesarios para llegar a ese valor real\u201d, subray\u00f3 Arm\u00e1ndola.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>La ley<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p>El art\u00edculo 7\u00b0 incisos b y c de la Ley 9739 expresa: \u201cSon funciones del Corredor P\u00fablico Inmobiliario las siguientes:\u2026b) Realizar tasaciones y valuaciones de inmuebles p\u00fablicos o privados, a particulares o judiciales, administraci\u00f3n de propiedades, administraci\u00f3n y formaci\u00f3n de consorcios de propiedad horizontal, condominios, clubes de campo, sistemas de multipropiedad, tiempo compartido, fideicomisos relacionados con bienes inmuebles, centros comerciales y similares, gestiones ante organismos oficiales y particulares relacionados con el ejercicio de la actividad de corretaje, relativas a servicios, impositivas y todo otro asunto referido al libre desempe\u00f1o de la profesi\u00f3n. c) Consultor\u00eda y asesor\u00eda integral que comprende valuaciones comerciales e inmobiliarias, valuaciones y calificaci\u00f3n de riesgo de inversi\u00f3n inmobiliaria y otras tareas anexas. Dicha asesor\u00eda incluye el financiamiento inmobiliario en los mercados hipotecarios principales y secundarios\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Fuente e imagen: Dos Florines<\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>As\u00ed lo afirm\u00f3 Paula Arm\u00e1ndola, presidenta del Colegio de Corredores P\u00fablicos Inmobiliarios de Entre R\u00edos,, cuya entidad realiz\u00f3 una presentaci\u00f3n ante el Poder Judicial para recordar las incumbencias de los profesionales. 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