Concordia vive un capítulo judicial que nadie esperaba: la Sala I en lo Penal del STJ ordenó que una causa por abuso sexual vuelva al Juzgado de Garantías para avanzar a juicio.
La decisión se firmó el 9 de octubre y llega después de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación revocara, en junio de 2026, una sentencia que había favorecido al imputado J.K..
El expediente nació de la denuncia de una agente de la Municipalidad de Concordia, que habría sufrido un abuso sexual mientras cumplía funciones durante la pandemia de Covid-19. La causa quedó expuesta a un cruce técnico entre plazos procesales y facultades de la Fiscalía.
Antes, el 31 de marzo de 2025, la misma Sala I, integrada entonces por Daniel Omar Carubia, Claudia Mónica Mizawak y Laura Mariana Soage, había declarado insubsistente la facultad de la Fiscalía y ordenado el sobreseimiento.
La defensa había cuestionado decisiones previas de la Cámara de Casación Penal y de los jueces intervinientes, en una discusión centrada en el vencimiento de los plazos procesales. Ese planteo terminó llegando a la Corte Suprema.
El máximo tribunal nacional revocó el fallo provincial el 4 de junio de 2026 y ordenó un nuevo pronunciamiento. Para resolver, remitió a la doctrina del fallo Price, Fallos 344:1952.
En la nueva sentencia, los vocales Leonardo Portela, Carlos Federico Tepsich y Laura Mariana Soage reconocieron que los plazos de la investigación penal preparatoria habían vencido sin que el Ministerio Público Fiscal solicitara a tiempo las prórrogas del artículo 223.
También señalaron que el requerimiento de remisión a juicio se presentó después de vencido el plazo de 30 días fijado por el juez de Garantías. Pero distinguieron entre la extinción de las facultades de investigar y la subsistencia de la acción penal.
Según el tribunal, el vencimiento de los términos impide seguir incorporando pruebas, pero no extingue por sí solo la acción penal ni constituye una causal autónoma de sobreseimiento. Con ese criterio, rechazó la impugnación extraordinaria de la defensa.
La abogada querellante Cielo Petit dijo: “Estamos muy conformes con el fallo, y sobre todo, por el trabajo del Fiscal de la causa, el Dr. Martin Núñez”. A la vez, cuestionó el tiempo transcurrido.
“Esperamos la audiencia de remisión a juicio que debió realizarse hace muchos años, pero un tecnicismo privó a la víctima de justicia y de un acto de reparación, después de tanto tiempo de exposición y revictimización”, remarcó.
Ahora, el Juzgado de Garantías de Concordia deberá fijar y realizar la audiencia para avanzar hacia el juicio oral, donde se analizarán los hechos denunciados y la eventual responsabilidad penal del imputado.


