viernes, agosto 14, 2026
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El gobierno recusó al juez Malvasio por el caso de los comedores

Un expediente judicial sobre los comedores escolares y comunitarios derivó en un choque institucional de fondo: el gobierno provincial recusó al juez Malvasio, acusándolo de prejuzgamiento antes de que siquiera se produzca la prueba en el proceso.

El conflicto tiene su origen en un amparo que buscaba cuestionar el nuevo esquema de provisión de alimentos, que estaba previsto para entrar en vigencia este mes de agosto pero quedó paralizado por una medida cautelar que el magistrado hizo lugar. La Fiscalía de Estado apeló esa resolución, y el caso quedó en manos del pleno del Superior Tribunal de Justicia (STJ).

El detonante de la recusación fue una resolución del sábado 8, cuando Malvasio dispuso inscribir el amparo en el Registro de Procesos Colectivos del STJ y convocó a todos los particulares que se consideren afectados a comparecer. El problema, según la Fiscalía, no fue la convocatoria en sí sino cómo la redactó: el juez definió el objeto del proceso como la tutela del derecho de los niños y adolescentes a no recibir alimentos que “resulten aptos para causar un perjuicio a su salud”, vinculando esa afirmación directamente con los productos señalados por los demandantes.

Para el organismo que conduce Julio Rodríguez Signes, esa redacción no es un detalle menor: “La aptitud de los productos alimentarios involucrados para ocasionar un perjuicio a la salud ha sido negada por el Estado al contestar demanda”, advirtieron, y subrayaron que esa es precisamente una de las cuestiones centrales que debe resolverse en la sentencia definitiva, no en una convocatoria preliminar. En otras palabras: el juez habría dado por probado lo que todavía está en disputa.

La Fiscalía fue contundente en su planteo: “El juez no puede asumir como hecho probado y cierto aquello que fue afirmado por los accionantes, pero negado y controvertido por la demandada”. Y aclaró que no se trata de desconocer la importancia de proteger la salud de los niños, sino de garantizar que las conclusiones sobre la calidad nutricional de los alimentos, su composición, condiciones de suministro y eventual daño sean el resultado de la prueba y no una premisa de partida.

El escrito suma además un segundo motivo de recusación, que complementa al primero y que, según el organismo, refuerza la evidencia de parcialidad. Ese segundo argumento quedó pendiente de desarrollo completo en la información disponible, pero su inclusión indica que la impugnación al magistrado es amplia y no se agota en la cuestión de la redacción del edicto. El expediente, con la recusación planteada, sigue su curso ante el Superior Tribunal de Justicia.

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