Más de una década de litigio terminó con una derrota definitiva para Atanor S.C.A.: la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires rechazó el último recurso de la compañía y dejó firme la condena que la responsabiliza por provocar un daño ambiental irreversible sobre las aguas del río Paraná, a la altura de su planta industrial de San Nicolás.
El fallo, impulsado por la Asociación Civil Cuenca Río Paraná y el abogado Fabián Maggi, consolida uno de los antecedentes judiciales más relevantes en materia ambiental vinculados a la industria agroquímica en Argentina. No es un dato menor: Atanor es la única empresa de América Latina que fabrica glifosato, herbicidas fenóxidos y atrazina, y pertenece desde 1997 al grupo estadounidense Albaugh.
Según explicó Maggi, la sentencia se apoya en tres ejes: la confirmación del carácter irreversible del daño al río, la constatación de que la empresa operó en un marco de ilegalidad y la existencia de graves fallas en los controles estatales. El fallo apunta directamente a la Autoridad del Agua (ADA) y al Ministerio de Ambiente bonaerense por no haber fiscalizado adecuadamente los compuestos químicos asociados a la actividad de la planta. Maggi advirtió que esa omisión podría derivar en responsabilidades penales para funcionarios públicos por presunto incumplimiento de deberes e incluso falsedad ideológica.
Las pruebas son contundentes. Un informe de la propia ADA, elaborado en febrero de 2026 sobre muestras tomadas en octubre de 2025 en el arroyo Yaguarón, detectó concentraciones de glifosato de hasta 1,9 microgramos por litro, de su metabolito AMPA de hasta 1,4 microgramos por litro y niveles de atrazina de hasta 0,6 microgramos por litro. También se identificó la presencia de azoxistrobina e imidacloprid. Lo más grave: esos resultados se obtuvieron mientras la empresa supuestamente llevaba adelante tareas de remediación ordenadas por la Justicia.
La defensa de Atanor siempre sostuvo que la presencia de agroquímicos en el río no puede atribuirse exclusivamente a su actividad, dado que esos productos son de uso extendido en la agricultura regional y están autorizados por el Senasa. El propio informe de la ADA reconoce esa complejidad. Sin embargo, los tribunales de primera, segunda instancia y ahora el máximo tribunal provincial consideraron que la responsabilidad de la empresa está acreditada.
El historial de la planta de San Nicolás no se agota en esta causa. En marzo de 2024, un reactor sufrió una explosión grave que dejó un trabajador herido, obligó a evacuar a vecinos y generó denuncias por problemas respiratorios y la aparición de residuos sobre viviendas, vehículos y vegetación. Ese episodio dio lugar a una investigación judicial independiente, todavía en curso, que analiza presuntos delitos ambientales vinculados con el incidente. La empresa, fundada en 1938, enfrenta así un frente judicial doble y un precedente que marca un antes y un después en la justicia ambiental argentina.


