El Juez de Garantías N° 2 de Concordia, doctor Edwin Ives Bastian, emitió un fallo el lunes 10 de marzo de 2025 en el que rechazó la solicitud de inhibitoria de competencia presentada por la jueza federal Sandra Arroyo Salgado. La solicitud buscaba que la causa por presunto enriquecimiento ilícito del exsenador Edgardo Kueider fuera derivada al Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N°1 de San Isidro.
En un fallo de 8 páginas, Bastian consideró que está fuera de toda duda la competencia de la justicia provincial para investigar a Kueider, por lo que rechazó de plano el pedido de Arroyo Salgado. Además, el magistrado concordiense invitó “a la titular del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N°1 de San Isidro a tener por planteada una cuestión de competencia de no compartir los criterios expuestos en los considerandos de la presente enviándola al superior común para dirimir un eventual conflicto positivo de competencia”. En caso de persistir la disputa, la Corte Suprema de Justicia de la Nación deberá resolver la cuestión.
Tras el análisis del caso, Bastian concluyó que “no existen razones materiales ni jurídicas que fundamenten la competencia del fuero Federal por hechos anteriores al 10/12/21”.
“En definitiva -agregó el magistrado-, la investigación penal preparatoria llevada adelante por el Sr. Fiscal, Dr. José Emiliano Arias, se encuentra circunscripta a la probable comisión del delito de Enriquecimiento Ilícito de EDGARDO KUEIDER, de conformidad a las prescripciones del art. 268 (2) del Código Penal, ocurrido durante los períodos de tiempo en los que se desempeñó como Funcionario Público -Concejal de esta ciudad de Concordia (2008 al 2015), Secretario de Gestión Participativa para el Desarrollo Local de Concordia (2008-2015), y Secretario General de la Gobernación de la Provincia de Entre Ríos-, iniciada con anterioridad (denuncia del 19/06/2024) a la que tramita ante los estrados de la requirente (denuncia del 02/07/2024); por lo que compartiendo plenamente la motivación, fundamentación y conclusiones del dictamen del Sr. Fiscal, a los que me remito en razón de brevedad, entiendo que no existen razones materiales ni jurídicas que fundamenten la competencia del fuero Federal requirente”.
El fiscal José Emiliano Arias sostuvo que la competencia provincial es la adecuada, dado que los hechos investigados ocurrieron en el ámbito de la función pública provincial. Con este fallo, la investigación continuará bajo la jurisdicción de la justicia provincial de Entre Ríos, a menos que una instancia superior determine lo contrario.
Fuente: El Entrerios