En el sitio web habilitado por la Cámara Nacional Electoral se pueden realizar consultas sobre los establecimientos y mesas de votación de los electores para el 22 de octubre, en estas elecciones 2023. Para las presidenciales son cinco las alternativas, mientras que para la Gobernación de Entre Ríos las opciones son tres.
El país vive las elecciones presidenciales de 2023. Todos los ciudadanos argentinos a partir de los 16 años de edad tendrán el derecho de votar este domingo de 22 de octubre. En Entre Ríos también se vota y son tres las opciones para suceder a Bordet en la Casa Gris: Adán Bahl (Más para Entre Ríos), Rogelio Frigerio (Juntos por Entre Ríos) y Sebastián Etchevehere (La Libertad Avanza).
¿Quiénes pueden votar?
Los ciudadanos y las ciudadanas que figuren en el padrón electoral y acrediten su identidad con documento habilitante.
Cómo consultar el padrón electoral para las elecciones 2023
Para consultar el padrón electoral, solo hay que ingresar el número de DNI del elector, su género, el distrito donde vota y los números y letras que aparecen en el verificador. A continuación, se obtendrán los datos necesarios para el momento del sufragio: la dirección del establecimiento de votación, el número de mesa y de orden.
Cabe señalar que figurar en el padrón electoral es fundamental para poder emitir el voto el 22 de octubre. Además, al momento del sufragio, también se debe presentar ante las autoridades de mesa en el establecimiento de votación un documento cívico personal para acreditar la identidad del elector.
¿Cuáles son los documentos habilitados para votar?
Los documentos válidos para votar en las elecciones generales del 22 de octubre
Existen requisitos y restricciones relacionados con la documentación válida para ejercer el derecho al voto. Los documentos aceptados para sufragar incluyen la Libreta Cívica, Libreta de Enrolamiento, DNI verde, DNI celeste y DNI tarjeta. Aquellos ciudadanos que extravíen su documento de identidad no podrán emitir su voto en las elecciones.
Además, se aplica una regla específica con respecto a la vigencia de los documentos habilitados. No se permite el uso de un documento cuyo ejemplar sea anterior al que figura en el padrón electoral, aunque sí los electores podrán sufragar si presentan una versión posterior al documento registrado en la nómina oficial.
Estas disposiciones apuntan a garantizar la integridad y la transparencia del proceso electoral.
¿Cómo se vota?
Los ciudadanos y las ciudadanas ubican su mesa en el padrón que se encuentra exhibido en el exterior del establecimiento, y se presentan en ella con su documento habilitante. El electorado exhibirá el documento y lo depositará en la mesa, sin contacto de la autoridad y luego lo retirará. El/la Presidente le entregará un sobre vacío firmado en el acto de su puño y letra y lo invitará a pasar al cuarto oscuro. A solas en el cuarto oscuro el/la ciudadano/a coloca en el sobre la/s boleta/s de sufragio de su preferencia y pasará a depositar el sobre en la urna. A continuación, firmará el padrón y el/la Presidente/a de Mesa firmará la constancia de emisión del voto la que le será entregada al ciudadano/a junto con su documento cívico.
¿Qué sucede en los casos de faltantes de boletas?
La Autoridad de Mesa debe verificar que existan en todo momento boletas de las agrupaciones políticas. Los/as fiscales las repondrán a pedido del Presidente/a de Mesa o, en su defecto, lo hará él/ella con las boletas de contingencia entregadas por el servicio de correo. En caso de que se agoten las boletas de contingencia, la responsabilidad de reponerlas es de los/as fiscales partidarios.
¿Recibo una constancia de votación?
Sí, el/la Presidente/a de Mesa le entregará la constancia de emisión del sufragio –firmada- en la que figuran sus datos y la fecha de la elección.
¿Puedo votar en las elecciones generales si no voté en las PASO?
Participar de las elecciones generales es un derecho y una obligación. Si no se participó de las internas del 13 de agosto, de igual manera el elector podrá participar de las elecciones generales del 22 de octubre. Pero, para no ingresar al Registro de Infractores al Deber Votar, deberá presentar el certificado de la justificación de su ausencia en las PASO ante la Cámara Nacional Electoral.
Qué debo hacer si no voté
Los ciudadanos y las ciudadanas que no hayan emitido su voto deberán justificar su abstención con la documentación que acredite el motivo de la falta, a tal fin deberán hacerlo ante la Secretaría Electoral correspondiente a su distrito o a la Cámara Nacional Electoral, o ingresar a https://infractores.padron.gov.ar/
¿Por qué no estoy en el padrón electoral si tengo 16 años?
Es posible que no hayas realizado la actualización de mayor del DNI (se debe efectuar a partir de los 14 años); hayas realizado la actualización luego del cierre del padrón provisorio o el Registro Nacional de las Personas no haya remitido a la Cámara Nacional Electoral la información para que seas incluido/a. En este caso, se deberá realizar un reclamo ante la Justicia Nacional Electoral, en los plazos previstos en el Código Electoral Nacional. El mismo podrás realizarlo:
- https://www.padron.gov.ar/cne_reclamos/ (en el período de publicación del padrón)
- [email protected]
- La Secretaría Electoral correspondiente a tu distrito.
¿Los/as extranjeros/as pueden votar en las elecciones nacionales?
No pueden votar. Podrán hacerlo para cargos locales si la normativa provincial o de Ciudad Autónoma de Buenos Aires así lo permite.