lunes, abril 21, 2025
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Hasta qué hora rige la veda para comprar alcohol en las elecciones 2023

Durante la veda electoral, está prohibida la venta de alcohol por un determinado período; ¿qué otras actividades están restringidas este fin de semana.

Durante la veda electoral, no se permite el expendio de bebidas alcohólicas
Durante la veda electoral, no se permite el expendio de bebidas alcohólicas.

Las PASO nacionales se llevan a cabo mañana, domingo 13 de agosto, fecha en que los argentinos empadronados deben acercarse a las urnas para definir los candidatos que competirán en los comicios generales del 22 de octubre. Para asegurar el transcurso seguro de la votación, se activó este viernes la veda electoral y, por lo tanto, hay algunas actividades que están restringidas hasta la finalización del acto electoral.

Una de las prohibiciones establecidas por la veda es la venta de alcohol. Por eso, no se puede vender ningún tipo clase de bebidas alcohólicas desde las 20 del día anterior a la elección ―es decir, desde este sábado 12 de agosto― y hasta tres horas después de finalizada la votación. De hecho, para garantizar que se cumpla esta medida, los negocios que venden alcohol deben permanecer cerradas durante este período.

Cabe recordar que incumplir esto es un delito electoral. Por lo tanto, a aquellas personas que durante ese período vendan este tipo de productos les corresponde una pena de prisión de entre quince días y seis meses.

Cuándo empezó la veda electoral en las elecciones PASO 2023

De acuerdo con el cronograma publicado por la Cámara Electoral Nacional, el cierre de la campaña y el inicio de la veda se producen 48 horas antes de las PASO; es decir que entró en vigencia este viernes 11 de agosto.

Además, mañana —día en que se desarrollan las Primarias—, desde las 8 y hasta tres horas después del cierre de los comicios, está prohibido publicar resultados de encuestas, proyecciones o sondeos de opinión, pronósticos electorales, o referirse a sus datos, entre otras actividades.

Qué actividades están prohibidas durante la veda electoral

Según el artículo 71 del Código Nacional Electoral, hay ciertas actividades que están prohibidas para los candidatos y para los votantes durante la veda:

  • Realizar actos públicos de campaña y proselitismo electoral desde el viernes anterior a la votación.
  • Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.
  • Publicar y difundir encuestas o sondeos preelectorales desde el viernes.
  • La venta de bebidas alcohólicas está prohibida desde las 20 del sábado hasta las 21 del domingo.
  • Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral.
  • La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de 80 metros del lugar en el que se instalen las mesas de votación.
  • Desde el sábado y hasta las 21 del domingo está prohibido portar armas, banderas, distintivos o insignias partidarias.

Fuente: La Nación

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