La Cámara Federal dejó en pie la clausura preventiva de la planta de efluentes del Parque Industrial Gualeguaychú, y el expediente vuelve a quedar en la mesa con todo el peso de una contaminación que ya no se puede esconder.
La resolución, firmada por los jueces Mateo Busaniche y Cintia Gómez, mantiene sin plazo cierto la medida dispuesta el 24 de agosto por el Juzgado Federal de Gualeguaychú, a cargo de Hernán Viri. El criterio es claro: la clausura sigue hasta que se acredite que los vertidos se tratan de forma adecuada, con valores ajustados a la normativa vigente.
El respaldo de la Cámara viene con números duros. El informe de laboratorio L41/26, tomado el 9 de junio de 2026, en la Cañada El Melgar, arrojó alta carga bacteriana, con coliformes termotolerantes y Escherichia coli, además de metales pesados por encima de los límites de la Ley 24.051.
También pesó el informe anterior L90/25, con niveles de DBO y coliformes que superaban el Decreto Reglamentario 5837/91 de la Ley provincial 6260. La contaminación no apareció como un accidente de laboratorio: se repitió, y eso le dio al caso una gravedad que la defensa no logró desactivar.
La audiencia pública se hizo en el Centro de Convenciones, y el fiscal Federal Pedro Rebollo sostuvo que la contaminación en la zona quedó comprobada en al menos tres oportunidades. Para el fiscal, la planta funciona de manera inadecuada e insuficiente, y la clausura preventiva era la herramienta correcta para frenar el daño.
El tribunal no pasó por alto el hallazgo de un vertido irregular en las calles Las Magnolias y Los Cedros, a pocos metros de la planta. Para los camaristas, esa cercanía no permite desvincular el episodio del funcionamiento de la instalación, y eso complica cualquier intento de achicar la responsabilidad.
La otra grieta del expediente es administrativa: la planta opera con el Certificado de Aptitud Ambiental vencido desde 2021, sin que conste una renovación pendiente. Los jueces lo describieron como un “desapego a los estándares mínimos de control estatal”, y ahí se ve la distancia entre el discurso de normalidad y lo que deja la evidencia en el suelo.
Las defensas de Juan Benedetti, Pedro Delfino y Rafael Núñez, integrantes de la Comisión Administradora del Parque Industrial Gualeguaychú, y la de George Fogg, presidente de la Corporación de Desarrollo de Gualeguaychú, apelaron. Cuestionaron la validez de la muestra por no precisarse el punto exacto de extracción y reclamaron su nulidad, pero la Cámara respondió que una medida cautelar no exige un juicio de certeza definitiva.
El fallo rechazó los recursos y confirmó la clausura preventiva de la Planta de tratamiento de Efluentes del Parque Industrial Gualeguaychú. La causa arrancó en julio de 2025, tras una denuncia por volcado de efluentes industriales al río Gualeguaychú sin tratamiento adecuado, y hoy la pregunta ya no es si hubo contaminación: es cuánto tiempo más puede seguir operando una instalación con la credibilidad ambiental rota.
En paralelo, la CODEGU publicó un informe elaborado a pedido de los propios industriales, que sostiene que la planta operó de manera “compatible” con sus objetivos entre febrero y agosto de este año. La versión existe, pero choca de frente con la trazabilidad judicial de las muestras, los metales pesados, el certificado vencido y una clausura que la Justicia decidió no levantar.


