viernes, agosto 14, 2026
InicioNACIONALESGanancias 2025: confirmaron que el tapón fiscal se mantiene en dos etapas

Ganancias 2025: confirmaron que el tapón fiscal se mantiene en dos etapas

Alivio para contadores y contribuyentes. Un dictamen conjunto de la Dirección Nacional de Impuestos y la Dirección General de Impuestos despejó la incertidumbre que había generado el esquema de dos fechas para el cierre del Impuesto a las Ganancias 2025: el tapón fiscal no se pierde, aunque el pago se haga en dos tramos.

El origen del problema fue la resolución general ARCA 5876, que fijó un calendario atípico para personas humanas y sucesiones indivisas del período fiscal 2025. El saldo estimado debía pagarse el 27 de julio de 2026, pero la presentación de la declaración jurada definitiva vence recién el 27 de agosto de 2026. Ese desacople de fechas encendió las alarmas en el mundo profesional: si al confeccionar la DDJJ surgía una diferencia a pagar, ¿eso implicaba perder el beneficio del “pago en término” y, con él, la protección del tapón fiscal?

La respuesta oficial es no. El dictamen establece que, para el período fiscal 2025, se considerará cumplido el requisito de “pago en término” cuando el impuesto estimado haya sido cancelado al 27 de julio y cualquier diferencia pendiente se ingrese hasta el 27 de agosto, fecha de vencimiento de la declaración jurada. Ambos pasos juntos preservan el efecto liberatorio del pago y la presunción de exactitud previstos en los artículos 39 y 40 de la ley 27799.

La fundamentación técnica es sólida. La Dirección Nacional de Impuestos advirtió que una interpretación restrictiva llevaría a un absurdo: los contribuyentes se verían obligados a declarar en la DDJJ exactamente el mismo importe ya pagado el 27 de julio y luego rectificar espontáneamente vía el artículo 11 del Decreto 93/2026. Un camino burocrático, innecesario y sin ningún sentido práctico. El organismo optó, en cambio, por una lectura armónica del ordenamiento tributario que respeta la lógica del sistema.

La consulta llegó al organismo a través de la Subsecretaría de Ingresos Públicos mediante nota oficial, lo que le da al dictamen un peso institucional que va más allá de una opinión técnica. Para quienes adhirieron al Régimen de Declaración Jurada Simplificada de Ganancias 2025, la certeza llega a tiempo: el vencimiento de la declaración jurada opera el próximo 27 de agosto y, con esta aclaración, el camino para cerrar el período sin perder beneficios queda despejado.

MAS VISTAS

NOTAS RELACIONADAS
Secured By miniOrange