En la jornada del jueves 23 de noviembre se realizó la presentación del libro Juicio por Jurados en Entre Ríos, un escrito que cuenta con la participación de veinte integrantes del Poder Judicial, un prólogo de Horacio Rosatti, integrante de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y el gobernador Gustavo Bordet. Ángel Giano es coautor y dialogó con LT15 acerca de la importancia de este tipo de juicios en la provincia que son reconocidos en todo el país.
“En primer lugar tuve el privilegio de haber estado desde el origen en la elaboración de este proyecto acercando al Colegio de Abogados de la provincia el gobernador Bordet en 2018 donde se llevó un proyecto de ley de Juicio por Jurados que estaba contemplado en la constitución provincial desde el año 1933. A partir de ahí el gobernador tomó la iniciativa, se le hicieron algunas modificaciones al proyecto original. Llevó meses de trabajo y estudio para que salga la ley de Juicio por Jurados que es reconocida a nivel nacional y que cambió el paradigma del proceso penal en Entre Ríos. Hoy en los delitos más graves, los veredictos los dan doce personas totalmente ajenas al Poder Judicial, por eso se habla de que es un jurado popular”, explicó Giano.
“Soy autor de una ley que se llama Hacer Jurado que tiene que ver con el libro que se presentó ayer. El objetivo de esa ley es la capacitación a la sociedad para que cuando le toque ser jurado tenga una mínima preparación conceptual de lo que implica un proceso penal. La ministra actual de Gobierno y Justicia, me convocó para escribir en este libro, con prólogo del doctor Rosatti. Se va a distribuir en las escuelas porque la idea es que los chicos, sobre todo de los últimos años porque desde los 18 años ya pueden ser jurado, vayan adquiriendo conocimientos a los efectos de que si les toca, puedan estar entrenados”, contó el actual presidente de la Cámara de Diputados provincial.
Respecto a la conformación del jurado y el veredicto que dan, Giano dijo: “Los doce integrantes tiene que ver con una costumbre del sistema anglosajón pero acá lo valida aún más porque se necesita la unanimidad. No va a haber nunca empate, el veredicto debe ser unánime, entonces es importante esta situación para poder declarar culpable o no culpable. El juez no puede cambiar ese veredicto, simplemente lo que hará es determinar la pena en base al Código Penal”.
“Es un sistema que llegó para quedarse porque el cambio no es solo en la sociedad sino para adentro del sistema judicial. Hoy fiscales, abogados, jueces deben hacerse entender, tienen que prepararse de forma distinta por tener un jurado popular que debe recibir instrucciones claras. Se va a ir consolidando con el paso del tiempo y quizás alguna modificación haya que hacer pero es algo que está bien considerado”, afirmó.
Sobre los juicios, el doctor Giano explicó: “El jurado es producto de un sorteo y una selección que hacen las partes porque pueden objetar alguno por distintas razones. Ahí quedan 18 con 12 titulares y 6 suplentes que escuchan los alegatos de las partes. Para resolver se aíslan y se toman el tiempo que sea necesario para llegar a una conclusión que debe ser unánime. Se aplica para los juicios donde tienen las penas más graves, mayores a 20 años”.
Finalmente habló sobre el sistema de Justicia provincial y lo que se viene tras el cambio de gobierno en diciembre: “La justicia entrerriana es bien considerada hacia dentro y fuera de la provincia. Comienza una nueva gestión que puede considerar que hay que hacer reformas. Yo creo que hay que reformar el código procesal laboral haciéndolo mas ágil y hay un proyecto que no pudimos tratar. Pero son cuestiones que serán resueltas a partir de lo que se viene. Desearles lo mejor lógicamente porque si a ellos le va bien, le va bien al pueblo argentino y entrerriano”.
Autores
Horacio Rosatti. Prólogo.
Gustavo Bordet: “Democratizar la acción de hacer justicia”.
Andrés Harfuch: “Características de la ley entrerriana y su respaldo democrático y popular”.
Alfredo Pérez Galimberti: “El jurado hace escuela”.
Susana Medina: “Juicio por jurados y equidad de género”.
Miguel Ángel Giorgio: “Breves reflexiones sobre el estándar de Prueba más allá de toda duda razonable”.
Martín Carbonell: “El veredicto del jurado y los recursos: los nuevos paradigmas y modelos de actuación”.
Rosario Romero: “Otro modo de administrar justicia”.
Ángel Giano: “Consideraciones generales y particulares de la Ley 10.746”.
Marciano Martínez: “El aporte de la abogacía en el juicio por jurados y los héroes olvidados de 1933”.
Laura Stratta: “El juicio por jurados y su potencial democratizador”.
Elvio Garzón: “Selección del jurado: audiencia de voir dire”.
Diego Lara: “El jurado pensado como base de la democracia y la participación ciudadana en el Poder Judicial”.
Carla Cusimano: “Una perspectiva desde la sociedad”.
Raymundo Kisser: “El largo camino del juicio por jurados en las constituciones nacional y provincial”.
Alejando Cánepa – María Gabriela López Arango: “El rol de las partes y la necesidad del control cruzado”.
Miguel Ángel Cullen: “Los dilemas en torno al derecho de ser juzgado por jurados y el imperativo dispuesto por la ley”.
Rubén Pagliotto: “La justicia en manos del soberano y la Constitución honrada”.
Esteban Vitor: “Reseña histórica y el caso de los galeses en Argentina”.