sábado, mayo 10, 2025
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Se reglamentó en Entre Ríos la Ley Felipe para el acompañamiento a niños con cáncer

El gobernador Gustavo Bordet, a través del Decreto Nº 2.629, reglamentó la Ley Felipe y creó el Programa Provincial de Acompañamiento Integral a Familiares de Pacientes Menores Oncológicos Crónicos. Esta norma del Ejecutivo era largamente reclamada por los llamados “madres y padres del dolor” de toda la provincia.

La ley lleva el nombre de Felipe Bertoni, un niño oriundo de Gualeguaychú que falleció por cáncer. Su padre y su madre, Danilo y Elizabeth, recorrieron la provincia para reunir a otros progenitores de pacientes oncológicos, con el objetivo de impulsar una norma que les facilite afrontar la situación que implica el acompañamiento a sus hijos durante la enfermedad.

La creación del programa es el resultado de la reglamentación de la Ley provincial Nº 11.032, conocida como Ley Felipe, y busca sistematizar el acompañamiento, apoyo y asesoramiento a familiares de pacientes oncológicos menores de edad. Establece, además, que el programa estará en la órbita del Ministerio de Salud de la provincia.

“El programa tendrá como finalidad promover medidas de acción positiva tendientes al acompañamiento de los familiares de niños niñas y adolescentes que se encuentren bajo la calificación médica de tratamiento oncológico activo a partir de su diagnóstico”, informaron desde el gobierno entrerriano este miércoles. Agregaron que la condición de tratamiento oncológico activo, según cada caso particular, será conforme a la indicación profesional.

Asimismo, se establece que el programa funcionará en el ámbito de la División de Gestión Integral en Red, dependiente del Hospital Materno Infantil San Roque de Paraná. Los beneficios creados por la Ley Nº 11.032 son personales e intransferibles y sólo serán exigibles hasta la fecha de alta del paciente por parte del registro.

Por otro lado, se informó que para el uso y reconocimiento de la licencia que prevé la ley, los padres, madres, tutores o encargados deberán presentar, con carácter de declaración jurada, la constancia que acredite la incorporación del niño o niña al programa. Esta presentación se hará ante la Dirección General de Recursos Humanos de la provincia, como organismo a cargo del contralor de las licencias del personal de la administración pública provincial.

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